“En modo alguno los consejos comunales per sé, por el solo hecho de existir, violentan la Constitución, sólo la violentaría si llegasen a asumir las competencias que son propias al régimen municipal".
A pesar de simpatizar con la oposición, el abogado constitucionalista Hermánn Escarrá aseguró, en entrevista transmitida este domingo, que existe un marco constitucional que ampara la creación de los consejos comunales.
La iniciativa, explicó, está prevista “en la teoría del Estado social democrático de derecho y justicia (artículo 2 de la Constitución), en que la soberanía reside exclusivamente en el pueblo (artículo 5), en que además de las asambleas de ciudadanos u otras iniciativas populares, el pueblo puede organizarse de distintas formas (artículo 70) y en el artículo 184 que norma la empresa comunal, porque nosotros (en 1999, refundación de la República en la que participó) constitucionalizamos el concepto del barrio, la autogestión y cogestión”.
Reiteró entones que “en modo alguno los consejos comunales per sé, por el solo hecho de existir, violentan la Constitución, sólo la violentaría si llegasen a asumir las competencias que son propias a las alcaldías y gobernaciones”. Ha surgido un debate bien interesante, Acción Democrática acaba de publicar un comunicado en el que asegura que “sin complejo alguno entra en el debate”.
Conceptualmente el “Estado comunal” no está vinculado al comunismo, sino a la organización comunitaria del pueblo, que está prevista en la Constitución. Tampoco conspira contra la descentralización, “es más bien un mecanismo de descentralización, que fortalece la participación de los sectores más frágiles de la sociedad que tienen problemas más agudos y delicados”. Se trata de “empoderar al pueblo, como se dice ahora en la moderna teoría política”.
Escarrá dijo que la elección de gobernadores y consejos legislativos regionales (otrora asambleas legislativas) del próximo 16 de diciembre, “es un modo de perfeccionar la democracia, la descentralización, el Estado Federal, la autonomía técnica y funcional de los estados, además es una forma de mantener la participación ciudadana y los equilibrios necesarios”.
“Los consejos legislativos tienen autonomía para legislar en materia que tienen que ver directamente con los ciudadanos, claro está sin violentar la Constitución Nacional, sino en el marco de lo que ella ofrece y permite”.
Corresponsabilidad entre gestiones es un deber constitucional
El también profesor universitario dijo que “tiene que haber armonía entre el Gobernador y el Presidente de la República, eso es distinto a lo ideológico, a la diversidad y a las confrontaciones (…) porque se trata de la marcha del Estado”. “La corresponsabilidad está prevista en la carta magna, se trata de compartir el desarrollo de los cometidos y fines del Estado”.
“Tiene que haber corresponsabilidad y armonización, al punto que se establece la creación de un Consejo Federal de Gobierno (…) Hay un mandato de diálogo, una obligación de entendimiento, que va más allá de las diferencias ideológicas. Una cosa son los fines del Estado y los objetivos nacionales, las políticas de Estado (…) ahí se trata de la Patria, es la República lo que está de por medio, y en la mayoría de los países eso es muy respetado “.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios